Entrevista > José María Ballester Sansano / Abogado y escritor
José María Ballester es abogado y funcionario de la Administración Local (policía), y además tiene la hermosa afición de escribir. Cuenta en su corta, pero extensa carrera literaria, con varias obras publicadas.
Ahora acaba de publicar ´La Vega Baja del río Segura tras la reconquista cristiana`. En ella, y a través de 410 páginas, nos relata, con miles de interesantes y sorprendentes detalles, nuestra historia desde siglos pasados hasta ahora.
¿Cómo has logrado reunir todo eso?
Lo cierto es que me encanta la historia y el derecho. Desde siempre sentí inquietud por conocer las raíces de mi pueblo y mi tierra: la Vega Baja. Si algo te gusta, si lo amas, intentas sacar tiempo de donde sea.
En el libro mencionas a todos los pueblos y pedanías de la comarca. ¿Sigue todo un hilo conductor o cada uno requiere, por su historia, un tratamiento diferente?
He procurado distinguir entre territorios de realengo, donde la normativa que imperaba era la real, y aquellos otros en donde era el ´señor` quien otorgaba y ejecutaba la ley, conocidos estos últimos como territorios de señorío.
En los territorios de señorío, unos alcanzarían la jurisdicción baronal o ´Gubernatorio Nomine`. En ellos el señor ostentaría plena capacidad jurisdiccional tanto en el ámbito civil, como en el criminal o penal; otros territorios, los más, obtendrían la jurisdicción Alfonsina, con plena capacidad en lo civil, y un limitado ejercicio en el orden jurisdiccional criminal.
En el libro también se enumeran aquellos otros en los que no lográndose alcanzar el mínimo poblacional exigido, el señor gozaría únicamente de la potestad jurisdiccional civil, conocida en éste caso como ´mixto imperio`. En época posterior se menciona a los territorios de las Pías Fundaciones del Cardenal Belluga.
Asimismo, se relata cómo se pobló el Campo de Salinas y el de La Horadada. Y, en época más reciente, de forma sucinta, se describe el nacimiento de aquellos municipios nacidos al amparo del Instituto Nacional de Colonización.
«Orihuela y Guardamar fueron las villas reales más antiguas»
¿Qué pueblos o pedanías destacarías por lo peculiar o interesante de su historia?
Orihuela y Guardamar fueron las villas reales más antiguas. Orihuela gozaría ya en el siglo XV del título de ciudad; por su grandeza, y no solo territorial, ha sido sin duda a la que más tiempo ha habido que dedicar.
Cabe mencionar la diferente denominación con la que antaño se designaba a los asentamientos poblaciones en los territorios; de menor a mayor quedarían así enumerados: alquería, aldea, lugar, universidad, villa, y ciudad. Conviene enfatizar la loable e ingente labor colonizadora que realizó el Cardenal Belluga en la creación de ´Las Pías Fundaciones`.
Y, en cuanto a los territorios de señorío, habría que hacer especial hincapié y resaltar la figura de Gerónimo Rocamora y Thomás IV, marqués de Rafal, VII señor de Benferri y señor de La Puebla de Rocamora, por ser el autor o artífice del quizás más extenso patrimonio nobiliario habido en nuestra comarca durante el siglo XVII.
«Tras el Pacto de Teodomiro, Orihuela era la capital de un territorio que comprendía, entre otras zonas, las actuales provincias de Alicante y Murcia»
En uno de los capítulos comentas que en el año 825 Uryúla perdía la capitalidad en beneficio de Murcia. ¿Es que acaso ambas regiones eran una sola?
Había que remontarnos a época de la conquista árabe. El señor Teodomiro firma un tratado o pacto con los musulmanes en el año 713: El Pacto de Teodomiro o Tudmir. En el mencionado tratado Orihuela era la capital de un extenso territorio que comprendía a las actuales provincias de Alicante y Murcia, y se adentraba en territorios de Valencia, Granada, Jaén, Almería, y Albacete.
Cuando fallece Teodomiro, Uryúla, la actual Orihuela, perdería la capitalidad en beneficio de Murcia. El vasto territorio de Tudmir pasaría a la jurisdicción del emirato de Córdoba; será a mediados del siglo XIII cuando la Corona de Castilla inicia el periodo de reconquista cristiana en la Vega Baja.
Se dice que en 1243 el barrio Arrabal Roche era una importante zona de comerciantes, ¿Era lo que hoy conocemos como el Rabaloche?
En el año de 1243, cuando comienza la repoblación castellana y los primeros asentamientos cristianos, extramuros de la villa de Orihuela tendría lugar el arrabal más significativo: El Arrabal Roche, lo que hoy conocemos como Rabaloche, que sería un asentamiento conformado principalmente por comerciantes.
Arrabal proviene del árabe ´Rabbad`, y vendría a significar barrio fuera del recinto de la población a la que pertenece. Al otro lado del río emergería el Arrabal de San Agustín, donde sería evacuada gran parte de la población mudéjar tras la revuelta del año de 1264.
¿De qué manera se aborda en el libro el tema del agua en nuestra comarca?
Es encomiable que aún en el día de hoy la real villa de Guardamar, al igual que Rojales, conserve como derecho aplicable en la regulación de las aguas de riego los estatutos del Gerónimo Mingot de 1625. Esta normativa quizás sea la normativa vigente más longeva de nuestro ordenamiento jurídico.
Mingot fue un abogado patrimonial y fiscal de Alicante, de ascendencia catalana, que en el año 1623 sería comisionado por el rey Felipe IV para confeccionar unos nuevos estatutos que establecieran graves consecuencias jurídicas a los titulares de los predios que ignorasen la monda de los acueductos.
La finalidad era conseguir regar una Vega cuyos acueductos de riego y avenamiento habían quedado enrunados por falta de monda. Esos nuevos estatutos sustituirían a las ordenanzas sobre riego de la huerta de Orihuela, válidos desde tiempos de Alfonso X ´El Sabio`.
«La función del juzgado de Aguas de Orihuela nunca fue la de arbitrar, sino la de juzgar y sentenciar»
En el libro se vuelve a incidir en que sería de justicia que la Ley Orgánica del Poder Judicial, y al igual que lo hace con el Tribunal de Aguas de la Vega de Valencia y el Consejo de Hombres Buenos de Murcia, amparase como juzgados consuetudinarios o tradicionales al de Aguas de Orihuela; y con ello, que sus resoluciones tuvieren carácter de sentencias. ¿Por qué debería ser considerado como tal?
Porque el juzgado de Aguas de Orihuela ha hecho uso de la costumbre y tradición para dirimir los litigios desde su nacimiento en época inmemorial. Su función nunca fue la de arbitrar, sino la de juzgar y sentenciar. Y su antigüedad se remonta a la época árabe.
Me gustaría concluir esta entrevista destacando la enorme importancia, en materia de riego para la Vega Baja, que tuvo la figura de Gerónimo Mingot y la de Juan Roca de Togores y Alburquerque, que, aunque nacido éste en la ciudad de Lorca, vivió en Orihuela donde se graduó en su universidad como doctor en Derecho Civil, logrando en el año 1822 ser elegido alcalde de la ciudad.