El Ayuntamiento de Altea, a través de las concejalías de Hacienda y Bienestar Social e igualdad, pone en marcha una nueva línea de ayudas destinadas a sufragar el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, IBI, de naturaleza urbana. Una medida que tiene como objetivo ofrecer apoyo económico a aquellas personas y unidades de convivencia que cumplan determinados requisitos de renta y situación personal o familiar.
El edil de Hacienda, Jose M. Borja, destaca que se trata “de una acción que responde a la voluntad política de este Equipo de Gobierno de emplear las herramientas fiscales para reducir desigualdades”. A lo que añade que “estas ayudas suponen un paso adelante hacia una fiscalidad más justa y equitativa, con criterios objetivos, transparentes y eficientes”.
Por su parte, concejala de Bienestar Social e Igualdad, Anna Lanuza, subraya que “esta convocatoria incorpora una mirada social amplia y sensible, teniendo en cuenta múltiples realidades que afectan el bienestar de las personas; desde la edad o la discapacidad, hasta la situación de desocupación, la monoparentalidad o haber sufrido violencia de género”. Según explica Lanuza, “el objetivo está claro: nadie tiene que quedar atrás por no poder hacer frente a un impuesto obligatorio como es el IBI”.
Las ayudas van dirigidas a personas mayores de 65 años, pensionistas, personas en situación legal de desocupación, familias numerosas, familias monoparentales o monomarentals, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 65% y personas en situación de dependencia debidamente acreditada.
Las personas beneficiarias tienen que estar empadronadas en la vivienda objeto de la ayuda y ser el sujeto pasivo del IBI, o bien ser arrendatarias, con la obligación de pagar el impuesto según el que establezca el contrato de alquiler.
La cuantía de la subvención podrá llegar hasta el 100% del importe del recibo del IBI, con un máximo de 300 euros por solicitud. Para acceder, hay que estar empadronado en la vivienda objeto de la ayuda; estar al corriente de pago con el Ayuntamiento y acreditar que la renta per cápita de la unidad de convivencia no supera el doble del IPREM.
Además, para el cálculo del requisito económico, se contemplan deducciones específicas para colectivos, familias numerosas, personas con discapacidad, trastorno de la salud mental o situación de dependencia dentro de la unidad de convivencia, familias acogedoras o personas que pasan de la Renta Valenciana de Inclusión a una pensión no contributiva así como víctimas de violencia de género. Estas deducciones se calcularán sobre los ingresos familiares y, en caso de concurrencia de varias situaciones, solo se aplicará la que resulte más beneficiosa para la persona solicitante.
Para garantizar una valoración más justa y realista, se deducirán de los ingresos computables las cantidades destinadas al pago de alquileres o hipotecas habituales.
El procedimiento de solicitud será sencillo y accesible, y no habrá que justificar posteriormente el uso de la ayuda, puesto que la documentación aportada en el momento de la solicitud ya acredita el cumplimiento de los requisitos. Para no excluir las personas que tienen el recibo del IBI fraccionado hasta diciembre, el plazo de solicitud se abrirá en el mes de enero de 2026; hecho del cual se dará la debida publicidad, dado que para solicitar la subvención será necesario acreditar el pago del impuesto.
Tanto Borja, como Lanuza, han coincidido en señalar que “la administración local tiene que estar junto a las personas, especialmente a las que más lo necesitan, y estas ayudas son una herramienta más para continuar construyendo una Altea más justa, solidaria e inclusiva”.