El Ayuntamiento de Alcoy está preparando una ordenanza de convivencia ciudadana donde se prevén multas de hasta 3.000 euros por el ofrecimiento y demanda de la prostitución en el espacio público. De esta forma consta en el borrador del documento, que aún debe ser aprobado por la corporación municipal, y con el que se regularán diferentes actividades en la vía pública (desde la venta ambulante no autorizada hasta conductas de mendicidad).
Por lo que se refiere a la prostitución, la ordenanza prohíbe «ofrecer, solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente» estos servicios en el espacio público. Además, protege especialmente los espacios situados a menos de doscientos metros de los centros educativos, donde las multas podrían llegar a ser de 750 euros.
A su vez, se contemplan sanciones de entre 1.500 y 3.000 euros si las relaciones sexuales mediante retribución se realizan en el espacio público. El borrador no especifica si se prevén mayores penas para el ‘putero’ o solicitante de servicios sexuales que para la persona que los ofrece.
Se prevén multas de hasta 3.000 euros por el ofrecimiento y demanda de prostitución en la calle
Adhesión al programa Alba
La concejala de Políticas Inclusivas, Aranza de Gracia, recuerda que Alcoy ya trabaja actualmente en medidas para abordar la problemática de la prostitución. Una de ellas es la integración en el programa Alba, un servicio itinerante de intervención, acompañamiento y recuperación ante los casos de explotación sexual.
De Gracia ha asegurado que el programa ya ha prestado atención a mujeres prostituidas en Alcoy.
Multas por hacer botellón
Multas de un mínimo de 150 euros y un máximo de 15.000 por la realización de botellones en la calle. Esta es otra de las numerosas tipologías de sanción que figura en el borrador de ordenanza.
Cabe decir que, según el propio preámbulo del documento, esta nace con el objetivo de promover el “civismo entre la ciudadanía, identificar los bienes jurídicos protegidos, y sancionar las conductas que puedan perturbar la convivencia”.
Si bien es cierto que la necesidad de esta ordenanza se viene arrastrando desde hace algunos años, fuentes municipales reconocen que la proliferación de botellones sufrida en algunas zonas céntricas de la ciudad durante los últimos meses hace más necesario, si cabe, contar con este reglamento.
Las sanciones por hacer botellón pueden llegar hasta los 15.000 euros
Problemática en zonas residenciales
Desde la oposición, el popular Quique Ruiz recuerda que la policía en Alcoy “no cuenta a día de hoy con ninguna base para sancionar; puede disolver o evitar que se produzcan estas concentraciones, aunque sin mayores consecuencias”.
Ruiz también recuerda que los botellones han sido una práctica habitual en las zonas periféricas de la ciudad, pero que recientemente se han concentrado en áreas residenciales como el Centro o Santa Rosa.
Más allá de prohibir el consumo y la venta de alcohol en la vía pública (a excepción de fiestas patronales o en lugares autorizados), también se prohíbe su venta de 22 a 7 horas en todos aquellos establecimientos donde el consumo de bebidas no esté destinado a su interior.
Ruidos y molestias vecinales
Respecto a la convivencia en comunidades vecinales, el borrador prohíbe que entre las 22 y las 8 horas (de 00 a 8 horas en fines de semana, festivos y vísperas) se perturbe la tranquilidad mediante la celebración de fiestas, obras, ensayos musicales o con ruidos provenientes de aparatos electrónicos.
En general, la ordenanza veta “la emisión de cualquier ruido doméstico que, por su volumen u horario, exceda de los límites que exige la tranquilidad pública, así como la emisión de olores molestos o perjudiciales para las personas”.
Las limitaciones también se hacen extensivas a vehículos, servicios acústicos de establecimientos, actuaciones musicales en la calle, u otro tipo de espectáculo, siempre que no se tenga autorización de la administración pública.
El documento tipifica como infracciones las conductas de mendicidad insistente u intrusiva
Prohibición de la mendicidad
Además, también tipifica como infracciones las conductas que adopten formas de mendicidad insistente u intrusiva; o el ofrecimiento de bienes o servicios a personas que se encuentren en el interior de vehículos, ya sean los conocidos ‘aparcacoches’, o la limpieza de parabrisas en semáforos.
La colocación de elementos (macetas o prendas de ropa, por ejemplo) en balcones, o el uso de parques y jardines, tienen su espacio reservado en el borrador de la ordenanza.
Se determinan además normas de conducta que impiden acampar o pernoctar en espacios públicos sin autorización. También estará prohibido lavarse o bañarse en las balsas, acequias, ríos, fuentes, nacimientos de agua o cualquier otro lugar análogo donde exista riesgo para la seguridad e integridad de las personas. La prohibición se hace extensible en esos puntos al lavado de ropa u otros objetos.
Limitación de juegos en la calle
El uso del espacio público para juegos también está limitado. En el texto se recoge que “la práctica de juegos de pelota, monopatín o similares en el espacio público estará sometida al principio general de respeto a los demás, y en especial a su seguridad y tranquilidad”.
Eso incluye también la prohibición de competiciones deportivas masivas y espontáneas, así como la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines, o monopatines, fuera de las áreas destinadas a tal efecto.