Entrevista > Marina Calderón / Abogada laboralista (Elche, 8-marzo-1982)
Desde el pasado 12 de mayo todas las empresas deben registrar la jornada laboral de los empleados. Además, deben garantizar el registro horario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.
Concretamente se aprueba el Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que modifica el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores actual.
Por ello, tras la entrada en vigor de dicho decreto, se estableció la obligación de concretar ese inicio y final de jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que pudiera estar prevista.
Tiempo efectivo
El objetivo de la entrada en vigor del Real Decreto no es otro que garantizar que las horas extraordinarias sean reconocidas y se coticen a la Seguridad Social, así como registrar el tiempo de trabajo y tiempos de descanso.
Según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre del año, en España más de 735.000 trabajadores realizan un total de 5,7 millones de horas extra a la semana, de las cuales más de 2,6 millones no son cotizadas ni abonadas. Es por ello que con este decreto se pretende que dichas horas extraordinarias no sólo se abonen, sino que se cotice por ellas.
¿De qué diferentes formas se puede reflejar la hora de entrada y salida del trabajador?
La forma más habitual y económica es instaurar una forma manual de registro diario. El trabajador registra la hora de entrada cuando comienza su jornada laboral y la hora de salida cuando finaliza, indicando todas las incidencias que puedan surgir, es decir, posibles descansos o posibles horas extras que deban de hacerse de más.
Muchas otras empresas están optando por la implantación de medios electrónicos o telemáticos, o a través de APPS que puedan hacer que los trabajadores puedan tener su propia entrada con usuario o contraseña y donde pongan la entrada y salida.
En todo caso, lo habitual es que el sistema de fichaje sea diverso en función del tipo de actividad que desempeñe cada colectivo de trabajadores.
¿Se están aplicando picarescas en este sistema?
En las empresas clientes de nuestra asesoría desde luego que no se producen, pero el sistema de firma en papel puede hacer pensar que pueda continuarse con el fraude en las horas extras, puesto que el empresario puede, en cierto modo, incidir sobre el trabajador para que firme la conformidad del registro diario de la jornada laboral que se ajuste con la nómina mensual.
Es decir, incidir en el trabajador para que lo que recoja en su registro sean las horas por las que está contratado.
Lo ideal, para que no se produzca esto, es reclamar dicho registro a principio de mes sin rellenar, y que sea el trabajador el que lo tenga todo el mes y a final de mes se entregue a la empresa que verifique que realmente ese registro es real.
¿Hay mucho fraude en las horas extras?
Sí, sólo hay que leer los últimos datos de la EPA y por ello la aplicación de esta medida.
¿Sigue habiendo un porcentaje elevado de economía sumergida en Elche?
Estoy convencida de que sigue habiendo un alto porcentaje, derivado principalmente del calzado y la hostelería que son los sectores donde más horas extras se realizan sin cotizarse y sin pagarse.
«Los conflictos laborales son en la mayoría de ocasiones debidos a la jornada laboral y la retribución»
¿Qué abusos están detectando a juzgar por las denuncias de los trabajadores?
En nuestro despacho jurídico venimos detectando que los conflictos laborales son, en la mayoría de ocasiones, debidos a la jornada laboral y retribución, e incluso a la mala aplicación de las categorías que se encuentran recogidas en los convenios.
«Actualmente el tipo de cotización que asume la empresa es alto, ronda el 30 %, y eso es un impedimento para las nuevas contrataciones»
¿Habría que buscar un equilibrio para intentar poner las cosas fáciles al empresario y que le sea más rentable contratar?
Sí. La empresa que quiere contratar a un trabajador debe de asumir un gran coste, y no me refiero al tema salarial, sino al elevado coste de las cotizaciones.
Actualmente el tipo de cotización que asume la empresa ronda el 30% de la base de cotización, más la parte impositiva que le toca al trabajador, por ello muchas veces lo que hace el empresario es no hacer más contratos y tirar de trabajadores para hacer horas extras.
Es evidente que el empresario que quiere contratar debería de realizarse bonificaciones de las cotizaciones, porque creo que el principal problema a la hora de contratar es siempre si se van a poder pagar los gastos de seguridad social que tiene un contrato.
«Hay un nuevo resurgimiento del calzado»
¿El calzado está resurgiendo?
Sí. Además cada vez más en este tipo de empresas se están concienciando sobre que los derechos laborales y sociales hay que respetarlos, que junto con un nuevo resurgimiento de las empresas de calzado que están abogando por las ventas online y demás, hace que este sector esté realizando nuevos contratos.