Son muchas las quejas recibidas en este sentido y una alta preocupación entre los autónomos el saber cuándo van a poder cobrar. Según hemos podido saber, a través de fuentes de la Seguridad Social, las mutuas harán este primer ingreso el viernes 17 de abril a los trabajadores siempre que ya tengan reconocida esta prestación extraordinaria.
Ha trascurrido un mes desde que el Gobierno lo anunciara, pero no ha sido hasta ayer cuando fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, lo ha confirmado.
Requisitos
Recordamos los requisitos y donde solicitarlo, para los que todavía no lo han tramitado.
Los requisitos que deben cumplir estos beneficiarios son estar afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la fecha en la que se declaró el estado de alarma, hallarse al corriente de pago con la Seguridad Social, haber cotizado por un mínimo de 12 meses y darse de baja en Hacienda y Seguridad Social.
Todos aquellos que hayan cotizado más de doce meses y cumplan los requisitos arriba expuestos, según el Real Decreto, podrían cobrar una prestación por valor del 70% de su base reguladora. Además, por el carácter extraordinario que tiene este cese, se exonerará de la cuota de autónomos a aquellos que accedan a la prestación y no se les descontará tiempo cotizado durante el periodo que cesen por causas de ´fuerza mayor`.
Dónde dirigirse
La persona beneficiaria debe dirigirse a la mutua habitual con la que tengan cubiertas las contingencias profesionales, al Instituto Social de la Marina (ISM) en el caso del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o al SEPE en los casos en los que tengan la cobertura con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Fue el presidente del Gobierno quien anunció que se establecería una prestación extraordinaria, distinta al cese de actividad ordinario, a la que podrán acogerse aquellos autónomos que hayan cerrado sus negocios por la crisis sanitaria o que hayan reducido de manera significativa su actividad.
Según los últimos datos del Ministerio, correspondientes al miércoles día 8, las solicitudes de esta prestación ascienden a 950.000, aunque espera que en los próximos días tengan más datos de solicitudes y concesiones.
El Gobierno estimaba que será alrededor de un millón de trabajadores autónomos los que se van a acogerse a la prestación extraordinaria por cese de actividad.
Cuantía
El ministro José Luis Escrivá explicó en su momento que los autónomos pueden solicitar esta nueva prestación, análoga a la de cese de actividad, cuando su actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.
La prestación tendrá una cuantía del 70% de la base reguladora (un mínimo de 661 euros), aunque no se haya cumplido el periodo mínimo para acceder a la prestación por cese de actividad.