El Gobierno de España a través del Boletín General del Estado publicó una serie de órdenes ministeriales que, por la importancia de las mismas para la población, desde la Concejalía de Sanidad de Crevillent han procedido a resumir.
En relación a la apertura al público de determinados comercios y servicios, apertura de archivos, así como la práctica del deporte profesional y federado (BOE 123 ORDEN/388/2020), podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se haya suspendido tras la declaración del estado de alarma.
Las medidas de higiene para todos los establecimientos son las siguientes:
- Para la apertura al público, se realizará al menos dos veces al día una limpieza y desinfección de las instalaciones (obligatoriamente una debe ser al finalizar el día y la otra preferentemente a mediodía), con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como son: pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, teléfonos, perchas, carros, cestas, grifos, mamparas, mostradores, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo, vestuarios, taquillas, aseos, cocinas, áreas de descanso…
- Se deberán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada. Si se utiliza un desinfectante comercial se respetará las indicaciones de la etiqueta. Tras cada limpieza se desecharán los equipos de protección individual (EPIs) y se procederá al lavado de manos.
- Los uniformes y ropa de trabajo se lavarán y desinfectarán diariamente (ciclos de lavados entre 60 y 90 grados centígrados), si no se utiliza uniforme se deberá lavar la ropa utilizada de la misma forma.
- Se debe garantizar una ventilación de todos los establecimientos y locales comerciales
- Los clientes NO podrán utilizar los aseos de los establecimientos comerciales (salvo en el caso de que sea estrictamente necesario). En este caso, se debe proceder de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.
- Todos los establecimientos y locales deberán disponer de papeleras con tapa y pedal para poder depositar pañuelos y material desechable. Las papeleras se limpiarán una vez al día.
Las condiciones para desarrollar las actividades de hostelería y restauración son:
- Queda prohibido el consumo en el interior de establecimientos (solo están permitidos servicios de entrega a domicilio y recogida de pedidos).
- Solo podrán permanecer abiertos al público durante su horario de recogida de pedidos.
- Debe disponer de un espacio habilitado y señalizado para recogida de pedidos.
- Se debe establecer la pertinente separación física entre mostradores y mamparas (si es posible).
- En los servicios de recogida de pedidos tienen preferencia los mayores de 65 años, personas dependientes y otros colectivos vulnerables.
Medidas de higiene para actividades de hostelería y restauración:
- A la entrada del establecimiento debe haber geles hidroalcohólicos, con actividad virucida y autorizados por el Ministerio de Sanidad
- La salida del establecimiento tiene que contar con papeleras con tapa y pedal, con bolsa de basura.
- El tiempo de permanencia de los clientes en el establecimiento debe ser el estrictamente necesario para la recogida.
- En los establecimientos en los que se pueda atender a más de un cliente se establecerá una distancia de seguridad de dos metros entre ellos estableciendo marcas en el suelo (balizas, cartelería, señalización).
- Un mismo trabajador no podrá atender a varios clientes al mismo tiempo.
Medidas para peluquerías, centros de estética y centros de fisioterapia:
Las peluquerías, centros de estética y centros de fisioterapia deberán utilizar equipos de protección individual que aseguren la protección tanto trabajador como el del cliente. Además se deberá asegurar el mantenimiento de las distancia de dos metros entre los clientes.
No se podrán incorporar a sus puestos de trabajo en establecimientos comerciales:
- Diagnosticados con Covid-19 y personas con síntomas compatibles con el Covid-19
- Trabajadores que no teniendo los síntomas se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por contacto con alguna persona con síntomas de Covid-19.
- Si un trabajador empieza a tener síntomas compatibles con la enfermedad, debe llamar al teléfono habilitado 900 300 555 o contactar con la Concejalía de Sanidad. El trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
Medidas sanitarias en el transporte público:
Es obligatorio usar mascarillas que cubran la nariz y la boca para todos los usuarios de autobús y ferrocarril, tanto viajeros como trabajadores de estos servicios de transporte.
Medidas sanitarias en el transporte particular y privado:
En vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, deberán ir máximo 2 personas por fila de asientos, respetando las distancias y utilizando mascarillas.
La edil de Sanidad Gema Candelaria Asencio afirma que desde su concejalía están en contacto con Salud Pública para ir incrementando la información a la ciudadanía, así como para hacerles llegar todas las dudas que desde los comercios puedan surgir en materia de Sanidad.