Personas autónomas y microempresas de hasta 10 trabajadores de Rafal podrán solicitar, desde hoy mismo, las ayudas municipales (Ayudas Paréntesis) del Plan Resistir puesto en marcha por la Generalitat Valenciana. El municipio cuenta con un total de 72.646 euros de los que la Generalitat aporta el 62,5%, la Diputación Provincial el 22,5% y el Ayuntamiento el 15% restante, y tras la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia, se pueden solicitar hasta el 17 de marzo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rafal. Podrán beneficiarse autónomos y microempresas con domicilio fiscal en Rafal, que se encuentren de alta a fecha 26 de enero de 2021 y que entren dentro de los sectores beneficiarios en el Anexo I de las bases (Anexo II del Decreto Ley 1/2021 del Consell por el cual se aprobaron estas ayudas para los sectores más afectados de la pandemia).
La ayuda es directa, siempre y cuando se realice la correspondiente solicitud, y consistirá en un importe fijo de 2.000 euros por cada persona trabajadora autónoma de hasta 10 trabajadores (inclusive) y 200 euros por persona afiliada a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y autónomos. Así lo reflejan las bases que pueden consultarse en la página web del Ayuntamiento, en el apartado creado específicamente para informar acerca de estas ayudas (https://www.rafal.es/ayudas-parentesis-del-plan-resistir/). Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas o ingresos que se otorguen o se hayan otorgado para la misma finalidad por parte de cualquier ente público o privado.
El alcalde de Rafal, Manuel Pineda, espera que “todas las personas, autónomos o responsables de estas pequeñas empresas, soliciten cuanto antes estas ayudas para que se puedan tramitar de manera correcta y puedan contar con ellas lo antes posible”. El primer edil ha recordado que se trata de cantidades económicas que “están destinadas al sostenimiento de los gastos corrientes que los negocios han tenido que soportar, pese a la disminución, incluso la carencia absoluta de ingresos, experimentada a causa de la situación provocada por la pandemia”.
Los gastos subvencionables y que deberán justificarse, son los correspondientes a arrendamiento del local comercial; compra de mercancía y aprovisionamientos; energía eléctrica, agua, gas y comunicaciones; reparaciones y conservación, piezas, recambios y consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes; gastos de personal en sueldos salarios y cuotas a la seguridad social del empresario individual o las cuotas a cargo de la empresa; intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial y otros gastos corrientes vinculados con la actividad. No serán por el contrario subvencionables la compra de equipamiento ni el local, ni tampoco el prorrateo de las viviendas particulares, aunque la actividad se ejerza en ellas.
“Es muy importante que se cumplan todos los requisitos y que se cuente además con firma electrónica para la tramitación del procedimiento, porque como todas las ayudas correspondientes al Plan Resistir, deben de presentarse por vía telemática”, ha dicho Pineda. El alcalde ha remarcado, por tanto, la necesidad de que los posibles beneficiarios empiecen a recopilar toda la documentación necesaria para que se pueda presentar conforme al plazo previsto “porque la justificación se realizará mediante facturas y documentos que puedan probar los gastos realizados”.