Días después de conocerse la sentencia que aclaraba la imposibilidad por parte de la empresa de ampliar su planta al tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, llega también al plenario del Ayuntamiento la sentencia firme que declara anulado el contrato que en su día se hizo con la mercantil para tratar la eliminación de residuos de este tipo.
En el plenario de marzo el Ayuntamiento de Crevillent acusará el recibo y tomará razón de la sentencia nº 70/2018 de 28 de enero de 2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, del TSJ de la Comunidad Valenciana, recaída en el Rollo de Apelación 537/2017, por la que se anula el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Crevillent de 29 de julio de 2013 de aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para la contratación por procedimiento abierto del servicio de tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos. Al ser un acuerdo plenario, aunque el contrato ya esté finalizado, el juzgado impone su vuelta como punto de orden del día para declarar su anulación.
Entre los motivos de la anulación del contrato se encuentra que “en los términos en que ha sido denunciado, viene a limitar desde el punto de vista subjetivo, la participación en el concurso de una sola empresa, vulnerando con ello la esencia propia de este mecanismo de adjudicación contractual”.
En la actualidad, el Ayuntamiento de Crevillent trata los residuos de RSU en la planta del Consorcio de Residuos comarcal d’Elx, donde está adscrita la localidad alfombrera.
Esta sentencia es firme.