El concejal-secretario de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrevieja, Federico Alarcón, ha informado en la mañana de hoy que ha sido aprobada la memoria justificativa de la determinación de la forma de gestión del servicio público de transporte urbano.
Federico Alarcón ha indicado que, según los informes técnicos, se pueden destacar las siguientes conclusiones:
El modo de Gestión Directa del servicio se da como norma general en Ayuntamientos con un tamaño grande o muy grande y donde sea posible la creación de una estructura administrativa y técnica, destinada al transporte, que sea suficiente para la gestión del servicio.
Asimismo, la Gestión Directa requiere la creación de un Servicio específico, de un Organismo Autónomo o de una Sociedad Mixta/Pública para encomendar el mismo. En el caso de sociedad mixta sería necesario además un procedimiento para la adjudicación/selección del socio privado. Por el contrario, para la Gestión Indirecta, mediante Concesión de Servicio, tan sólo es necesario una dotación presupuestaria (que ya se dispone) y procedimiento de contratación mediante Concurso Público con libre concurrencia de licitadores.
Los informes indican que, desde el punto de vista económico, el modo de Gestión Directa/pública no se encuentra en ventaja frente a la Gestión Indirecta/privada, más bien al contrario, según los datos del Observatorio de la Movilidad Metropolitana.
Haciendo la proyección de costes del servicio para el Nuevo Proyecto de Transporte Urbano, y para los distintos modos de gestión, se repite esta conclusión, resultando que la gestión indirecta es más económica que cualquiera de las modalidades de gestión directa y, aunque las diferencias no son importantes en el inicio del servicio, con el transcurrir de los años se acentúan por los mecanismos de control y asunción del riesgo operacional con que cuenta cada modo de gestión. Así, en los modos de Gestión Directa, el control de la gestión es interno y el riesgo operacional/económico lo asume íntegramente el Ayuntamiento (parcial en una Sociedad Mixta).
Por otro lado, las ayudas solicitadas de Fondos Europeos están condicionadas a tener publicados los procedimientos antes del 30 de abril del 2022 (condición en Artículo 39 punto 2 de la Orden TMA/892/2021 que regula la convocatoria), por lo que la elección de cualquiera de los modos de Gestión Directa llevaría al Ayuntamiento a la renuncia de estos Fondos Europeos por importe cercano a 3,8 millones de euros.