Llegan unas nuevas elecciones municipales y autonómicas en España. Es por tanto el momento adecuado para recordar a los ciudadanos cuáles son las reglas del juego político a las que los diferentes partidos están sometidos.
Elección de los ayuntamientos
Normalmente aquello que más controversia levanta en nuestro país suele ser la ley electoral dada su poca proporcionalidad. Sin embargo en las elecciones municipales este fenómeno no ocurre tanto, ya que la votación se disputa en una única circunscripción. Por tanto a mayor número de votos… más concejales. No hay mucho más misterio.
El número de ediles que tiene cada localidad es proporcional a su población. El mínimo es tres concejales para pueblos inferiores a 100 habitantes. En la Comunitat Valenciana la ciudad más poblada es València con 33 concejales, y le sigue Alicante con 29. En cualquier caso, el número siempre es impar para tratar de evitar que las votaciones acaben en empate.
Una vez tenemos escrutados todos los votos, para asignar el número de concejales que ha obtenido cada partido se aplica la Ley D’Hont. Esta regla matemática consiste en dividir el número de votos de cada formación hasta que se reparten todos los escaños asignados. Se entenderá mucho mejor observando el gráfico, que hemos incluido en la página, de la simulación de un recuento.
En los ayuntamientos no es posible repetir las elecciones, pero en la Generalitat sí
Votos en blanco y nulos
Eso sí, todos los partidos que aspiren a obtener representación en cualquier consistorio deben superar la barrera del 5% del total de votos. Aquí se incluyen incluso los votos en blanco, pero no los nulos. Por tanto si introduces un sobre en la urna sin una lista dentro, puedes estar contribuyendo a que un partido no llegue a ganar un escaño (y por tanto que lo gane otro) al contabilizarse dicho voto en la suma total.
Sin embargo, si te apetece meter en dicho sobre una rodaja de chorizo o una estampita de la virgen, por poner dos ejemplos, el resultado final no se verá alterado de ninguna forma al no contabilizarse ese sobre.
Elección indirecta del alcalde
Las principales críticas que los politólogos suelen realizar hacia este sistema electoral versan en que todo el poder queda en manos de los concejales.
En otros países como Reino Unido o Estados Unidos la población vota directamente al alcalde, amén también de los ediles. Un sistema así evitaría polémicas como por ejemplo la ocurrida en Alicante, cuando una de las concejalas de la formación Guanyar fue expulsada del grupo en 2018 y finalmente su voto en blanco acabaría siendo decisivo para que el popular Luis Barcala lograra obtener el cedro de mando.
Las listas son cerradas tanto en las municipales como en las autonómicas
Mayoría plenaria
Otra regla que a muchos españoles les cuesta entender es que el candidato que acaba siendo investido alcalde no es necesariamente el más votado en el pleno. Por ejemplo, en la citada investidura de Barcala el candidato popular obtuvo ocho votos de los concejales, mientras que la candidata socialista, Eva Montesinos, había sacado catorce.
Sin embargo, la ley exige que esta votación plenaria se gane por mayoría (en este caso de Alicante quince votos de veintinueve concejales). De no ser así, el cargo de primer edil pasa a ser automáticamente para el candidato más votado por la población en las elecciones, que en el ejemplo que comentamos fue el del PP.
Listas cerradas
Por otro lado, también hay voces que piden la inclusión de listas abiertas. Este sistema sí se aplica en España para el Senado, donde los ciudadanos pueden votar al mismo tiempo a candidatos de diferentes partidos (por ejemplo a uno del PP, otro del PSOE y otro de Cs). Sin embargo no ocurre así en las municipales, aquí nos vemos irremediablemente obligados a apoyar la lista entera de una formación política.
En países como Irlanda o Alemania se utiliza el llamado voto preferencial; es decir, los ciudadanos dibujan en la papeleta un número junto a sus candidatos (por ejemplo del 1 al 5) por orden de preferencia.
La barrera electoral en la Comunitat Valenciana es más alta que en otras autonomías
Elección de Les Corts
Respecto a las elecciones autonómicas, aquí sí hay varias circunscripciones electorales (salvo en aquellas que son uniprovinciales como Murcia, Navarra, etc.). En la Comunitat Valenciana tenemos tres provincias que reparten escaños: València (40), Alicante (35) y Castellón (24). Esto supone un total de 99 diputados autonómicos.
Por tanto aquí sí pueden darse contradicciones matemáticas en caso de que un partido concentre todos sus votos en una única provincia. Un ejemplo reciente fue lo ocurrido en Castilla y León, donde ‘Soria Ya’ logró tres escaños con 19.000 votos mientras que Unidas Podemos se conformó con un diputado aún obteniendo 62.000 escrutinios.
El resto de reglas coinciden con las elecciones municipales. Es decir, las listas son cerradas y se aplica la Ley D’Hont con esa barrera electoral del 5%. Este último punto es bastante controversial dado que en otras comunidades como Andalucía, Castilla La Mancha o Cataluña es inferior (3% de los votos).
Elección del president
Cuando los diputados autonómicos son elegidos, estos 99 representantes a su vez votan al nuevo presidente autonómico de la Generalitat Valenciana en Les Corts. En este caso la fórmula no es exactamente igual a la de los ayuntamientos. Un candidato simplemente necesita más votos afirmativos que negativos, no es imperativo llegar a la cifra de 49 apoyos.
Si aún así no es investido, tiene dos meses para volver a intentarlo tanto dicho candidato como otra persona. En caso de que los votos negativos sigan ganando… se repiten las elecciones.
Algunas voces también abogan porque el presidente sea votado directamente por los ciudadanos, sobre todo para evitar esta indeseable (y económicamente bastante costosa) posibilidad de parálisis institucional.
Ejemplo concejales aplicando la Ley D’Hont
Elecciones municipales 2019 en Alicante (29 concejales). Quedan fuera los partidos que no llegan a un 5% de apoyos. El resto obtiene 1 concejal mínimo dividiéndose luego el número de votos obtenidos entre 2, 3, 4, 5, etc. Obtienen concejales aquellos cuya división sea mayor hasta sumar los 29.
Votos | % | /2 | /3 | /4 | /5 | /6 | /7 | /8 | /9 | /10 | |
PP | 39.477 | 29% | 19.739 | 13.159 | 9.869 | 7.895 | 6.580 | 5.640 | 4.935 | 4.386 | 3.948 |
PSOE | 37.174 | 28% | 18.587 | 12.391 | 9.294 | 7.435 | 6.196 | 5.311 | 4.647 | 4.130 | 3.717 |
Cs | 22.254 | 17% | 11.127 | 7.418 | 5.564 | 4.451 | 3.709 | 3.179 | 2.782 | 2.473 | 2.225 |
Podem-EU | 12.224 | 9% | 6.112 | 4.075 | 3.056 | 2.445 | 2.037 | 1.746 | 1.528 | 1.358 | 1.222 |
Compromís | 9.042 | 7% | 4.521 | 3.014 | 2.261 | 1.808 | 1.507 | 1.292 | 1.130 | 1.005 | 904 |
Vox | 8.578 | 6% | 4.289 | 2.859 | 2.145 | 1.716 | 1.430 | 1.225 | 1.072 | 953 | 858 |
Pacma | 1.652 | 1% | Menos del 5% de los votos quedan fuera. |
Reparto de concejales: PP 9, PSOE 9, Cs 5, Podem 2, Compromís 2 y Vox 2