Jorge Espí Llopis y María Teresa Durán Azurduy
Teóricamente esta ley nació para endurecer los controles de acceso a los locales y estableció restricciones en la apertura de salones, la prohibición de publicidad y el refuerzo de los programas de prevención de la ludopatía. Pero la verdad es que desde su aprobación poco hemos sabido de esta ley y menos del ministro que la anuncio a bombo y platillo.
Desde su aprobación poco hemos sabido de esta ley y menos del ministro que la anuncio a bombo y platillo
Avances que no han llegado
Una de las principales novedades, fue la prohibición de abrir o ampliar locales de juego a menos de 300 metros a pie desde la puerta principal de los locales hasta la entrada de los centros educativos y de los que realicen actividades de ocio y tiempo libre principalmente para menores y jóvenes. Y la verdad es que sólo se cerraron por la covid y porque no había clases presenciales.
El primer borrador del real decreto se anunció por todo lo alto y así nos hicimos eco en AQUÍ Medios de Comunicación. Pero de la noche a la mañana se estudió, se analizó el problema y los técnicos del juego informaron al ministro de Consumo de la solución necesaria. Se veía con cierta objetividad, se establecían límites horarios importantes y suponía un gran avance.
Al Ministro solo se le conoce por esta ley, que acto seguido retiró. Si pones Garzón en Google te sale el exjuez
Marcha atrás
Pero el ministro, que sólo es conocido por esto porque si pones el apellido en ‘San Google’ solo sale el exjuez, acto seguido retiro la propuesta y de momento se sacó de la chistera un proyecto totalmente diferente con una prohibición clara del juego privado, que nos parece bien, pero que dejo fuera justamente a los que más afectan a los ludópatas.
Y ese es el que presentó y mandó finalmente a Bruselas. Garzón dio marcha atrás y rectificó el decreto, que no tiene ningún equilibrio con el anterior. Porque esa variación, que es una verdadera incógnita, empezó con las excepciones de eventos deportivos o hípicos.
La prohibición se recoge en el artículo 23 y cuenta con excepciones como, entre otras, aquellas páginas web o aplicaciones cuya actividad principal sea ofrecer información sobre eventos deportivos o hípicos, que es justamente dónde más se enganchan los jóvenes.
La norma creada solo afecta al juego privado, no al público
Sin regulación de lo público
En este caso, según dice la norma, podrán habilitar una sección específica y diferenciada dedicada a la oferta de información sobre apuestas, siempre y cuando esa sección sea accesible desde la página de inicio a través de un único enlace de carácter informativo de dimensiones reducidas, cuente con mecanismos para evitar el acceso de menores de edad y difunda, de manera periódica, mensajes sobre juego seguro. Y es justamente en ese tipo de publicidad dónde los jóvenes entran en la ludopatía.
El Estado ha hecho una norma que solo afecta al resto, evitando entrar en lo que gestiona directamente. Por eso prohíbe la publicidad del juego privado un domingo a las 10 de la mañana, pero el juego del propio Estado puede emitir publicidad a cualquier hora y cualquier día. Es decir, se van a seguir viendo anuncios de los ‘rasca’ de la ONCE para población joven, quinielas que son apuestas deportivas, sorteos de Euromillones y de La Primitiva en cualquier horario.
Batalla judicial
A partir de ahí se empieza una batalla judicial que todavía está por resolverse, y es que recientemente el Tribunal Supremo ha rechazado suspender cautelarmente la entrada en vigor, el pasado 1 de mayo, de la ley del juego que regula la publicidad y las apuestas ‘online’.
La sala III ha estimado que no procede acordar dicha suspensión porque «no concurre el presupuesto de que los daños y perjuicios causados por la entrada en vigor (…) sean de carácter irreversible» o puedan generar «situaciones de imposible o difícil reparación». A su juicio, «no resultaría complejo el resarcimiento de la situación jurídica anterior», si prospera el recurso, dado el carácter económico del perjuicio, que los afectados cifran en unos seis millones de euros.
Según los magistrados, todo ello «sin tener en cuenta que, como aduce el Abogado del Estado en su escrito de oposición, se trata de una disposición de carácter general de obligado cumplimiento para todos los afectados, cuya vigencia no puede ser cuestionada en función de otros intereses que no sean los de interés público».
Y el Real Decreto expone las razones de interés público que justifican la regulación del juego, como las de «reforzar la protección de los consumidores (…) para evitar una adicción a la actividad de juego no responsable, lo que determina un control más riguroso de la publicidad del juego según las características de los medios en que se produzcan, y obedece a razones imperiosas de interés general».
Entre la batalla legal y la desaparición del ministro, nos quedamos a la espera de que algún día se cumpla y dejemos de ver estos anuncios que hoy ocupan la gran pantalla a todas horas y todos los días.