Mientras las distintas administraciones públicas tratan de implementar medidas para descarbonizar el transporte en las ciudades y municipios apostando por nuevos medios de movilidad, sus responsables van encontrándose y descubriendo nuevos retos a los que dar solución a medida que los ciudadanos van dejando aparcado el coche y adquiriendo nuevos hábitos de movilidad.
Así, durante los últimos años han ido aumentando las zonas peatonales, especialmente en el centro de las ciudades, y el número de kilómetros de carriles bici en los que, a la vez, también han ido apareciendo una creciente cantidad de usuarios de vehículos de movilidad personal, especialmente de patinetes eléctricos.
Sin fin recaudatorio
Todo ello, ha obligado a pensar y aprobar nuevas ordenanzas que regulen la convivencia de esa nueva tipología de usuarios con el tráfico tradicional y eso es, precisamente, a lo que ha dado luz verde en su último pleno municipal el ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, con una normativa que prevé multas de hasta 500 euros para aquellos usuarios de vehículos de movilidad personal que cometan infracciones graves.
Tal y como ha explicado el portavoz del equipo de gobierno, Toni Such, este texto ya aprobado permitirá “actuar a la Policía Local” y ha subrayado que “el fin no es recaudatorio, sino educar tanto al conductor como al peatón”.
Se ha estipulado la edad mínima de uso en los 15 años
Campaña de información
Para ello, ha explicado Such, la implantación de esta nueva ordenanza municipal comenzará con “la realización de campañas de información y concienciación” para que, de esta manera, los vecinos de l’Alfàs del Pi sepan a qué atenerse ante una normativa que “recoge sanciones que van de los 60 a los 500 euros por conducción temeraria, y multas de 200 euros para quienes hagan uso del móvil, auriculares, no lleven casco o prendas reflectantes por la noche”.
Así mismo, se ha establecido una edad mínima para hacer uso de los vehículos de movilidad personal que se ha estipulado “en los 15 años, siendo el uso del casco obligatorio en todo momento”.
Prohibido circular por las aceras
Además de todo ello, la ordenanza alfasina establece que queda prohibido circular con auriculares o reproductores de sonido así como su uso en carriles bus, túneles urbanos, vías interurbanas o por la acera.
En este último caso, como explica el edil alfasino, existe una excepción ya que “sí podrán transitar por el carril bici de la acera”, aunque insiste en que “en aquellas calles de plataforma única, si la zona es exclusiva para peatones, estos vehículos no podrán circular”.